Producto del par de años en que estuve en relación con la heráldica municipal, a través de la Consejería de Agricultura y Cooperación de la Comunidad de Madrid. Si se preguntan qué tiene que ver la velocidad con el tocino, todo hay que verlo en su dinámica. Esta consejería fue la heredera de los Servicios de Agricultura y de Cooperación con la Administración Local de la extinta Diputación Provincial; fue el resultado de una fusión que pareció tener in mente algo así como “Ministerio de Asuntos Rurales” (solo los pueblos más chicos necesitaban y necesitan cooperación de la administración regional para cumplir plenamente con las obligaciones que la legislación de régimen local les reserva/impone).
El trabajo consistió, simplemente, en editar las fichas correspondientes a la heráldica y vexilología aprobada durante cierto período, citando la norma aprobada y explicando el significado del elemento referenciado. Explicando, cuando tenía explicación: si se fijan en la ficha de Velilla de San Antonio (uno de los dos ejemplos que adjunto del total de treinta y cinco de esta entrega) verán que no tiene explicación alguna, lo cual puede ser interpretado por el lector en varios sentidos, posiblemente no favorables al autor. Según el informe que adjuntaba el Ayuntamiento en su solicitud de aprobación, la segunda partición del escudo (“de oro, una torre de piedra incendiada y trenzada, todo al natural”) derivaría de una presunta torre de vela (torre de vigilancia; atalaya) de la que, según el experto confeccionador, habría estado en el origen del pueblo y su nombre. Eso es lo que dice la historia oficiosa del pueblo (1) en un contexto imaginado para el origen del asentamiento, basado en que en unas cuantas confluencias hidrográficas hay fortificaciones.
Mis datos me decían que la variante más antigua de este topónimo era “Villelam”(2) y que a finales del siglo XV aún se llamaba a la población “Vililla” (3). Aunque la historia filológica no es como las matemáticas, parecía sensato suponer que se trata de un diminutivo de villa, –æ y dado que la población no tenía la consideración de villa en el sentido medieval (era aldea de la villa de Madrid), seguramente se tratase de una villa romana o visigótica preexistente en el lugar del asentamiento post-reconquista. Ítem más, digo: acerca del incendio representado en el escudo, cabría suponer que, bien por lecturas, bien por tradición oral, se recordaba la quema de la aldea por los Comuneros (4) (por ser leal esta población al Emperador), lo cual ocurriría varios siglos después de la existencia de la presunta vela. Además, el pueblo se halla levemente por encima de la vega del Jarama, con el cantil de Rivas enfrente: muy mal sitio para vigilar nada y la ubicación de las auténticas atalayas no corresponde en absoluto con ese sitio de asiento.
Concluyendo, había dudas más que razonables de que los argumentos del Ayuntamiento (o de quien les asesorase) tuvieran fundamento alguno; por lo que, antes de dar pábulo a bulos o leyendas o bien criticar al Ayuntamiento (que en modo alguno era mi misión), mejor hacer un discreto mutis por el foro: de ahí los puntos suspensivos; creando suspense. Hay más ejemplos de cómo concejales ignorantes y/o asesores desvergonzados y/o poco capacitados han falseado la historia y la geografía local: Berzosa del Lozoya luce una hermosa mata de algo confuso que bien podría pasar por una mata de berzas (la versión actual se parece más a un árbol). En este caso, di una larga cambiada, diciendo que “el árbol arrancado simboliza la riqueza forestal del municipio”, de lo cual me arrepiento. En cualquier caso, que conste que, en mi opinión, “Berzosa” ha de proceder de “Bereçosa”, es decir, abundante en berezos (= brezos), como lo son todo el cuarto de La Jara y la Sierra del Rincón de la Comunidad de Madrid); el dibujito en cuestión no representa a esta planta en absoluto.
(1) MAYORAL MORAGA, Miguel et alii.: Historia de Velilla de San Antonio, pág. 55 (2002).
(2) FITA, Fidel: “Madrid, desde el año 1197 hasta el de 1202”, Boletín de la Real Academia de la Historia T. VIII (2-1886), doc. 23.
(3) MILLARES CARLO, Agustín; ARTILES RODRÍGUEZ, Jenaro (eds.): Libros de Acuerdos del Concejo Madrileño. 1464-1600 (Madrid, 1932), T. I, pág. 223.
(4) ALVAR EZQUERRA, Alfredo (dir.): Relaciones de Felipe II. Madrid (Madrid, 1993), Vol II, pág. 821